Recordatorio de la correcta Declaración de Unidades Físicas y Comerciales en la DAU
UNIDADES FISICAS:
• Casillero 68 de la DAU –“Total de Unidades Físicas”.- Se registra la cantidad correspondiente a la magnitud de la unidad de medida que indica el Arancel Nacional de Importaciones Vigente.
UNIDADES COMERCIALES:
• Casillero 69 de la DAU - “Total Unidades Comerciales".- Se registra la cantidad correspondiente a la magnitud de la unidad comercial propia de la negociación entre el comprador y el vendedor, que podría estar registrada en la factura comercial o contrato de compra venta. Eje: si en la factura Comercial o contrato de compra venta se detalla 100 Cajas de zapatos, y cada caja contiene 10 pares de zapatos, el total en cantidades comerciales serían 1000 pares de zapatos, valor de cada par = US$ 5.00 valor total = US$5000; en consecuencia la unidad comercial negociada para este caso son pares no cajas, pues esta sería la presentación o embalaje de la mercancía; por lo tanto se deberá declarar en la DAU como unidad comercial “par” como total de unidades comerciales negociadas entre el comprador y el vendedor.
Se recuerda que los errores en la declaración aduanera deberán ser multados con una falta reglamentaria de conformidad a lo establecido en el Literal a) del Art.90 de la LOA; para lo cual deberán adjuntar la carta solicitando la corrección y el respectivo DAU Informativo.
Fuente: Boletines Aduana
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