Aplicación de Activadores - Resolución 472 del Comexi
Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior y a la Dirección de Despacho de los Distritos del País, que se ha implementado en el Sistema Interactivo de Comercio Exterior (SICE), la ejecución de lo dispuesto en la Resolución 472 (y su fe de erratas No 55214) del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI) en el marco del Acuerdo de Complementación Económica (ACE) 59 Ecuador-MERCOSUR, sobre la aplicación de medidas especiales de mes de agosto de 2010.
Que producto del análisis realizado se estableció aplicar una medida especial por Precio, según lo dispuesto en el Artículo 17 y 18 de la Resolución 472, cuyo resultado por las importaciones originarias de Argentina la subpartida 1704.9090.00 para el producto chocolate blanco queda en el 29.5 %. Para Brasil no se afectan las preferencias arancelarias. Para los activadores por volumen se afecta la subpartida 2004.10.0000 cerrando la preferencia arancelaria para Argentina. Adicionalmente cabe señalar lo dispuesto en el Artículo 21 de la citada Resolución:
"Artículo 21.- La medida se mantendrá mientras persistan las condiciones para su activación. Si durante el tiempo de vigencia de la medida la CAE determina que las condiciones que establecieron su activación han cambiado, esta se suspenderá de manera automática, debiendo de Notificar de Manera Inmediata al MRECI, al MAGAP y al COMEXI."
Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
"Artículo 21.- La medida se mantendrá mientras persistan las condiciones para su activación. Si durante el tiempo de vigencia de la medida la CAE determina que las condiciones que establecieron su activación han cambiado, esta se suspenderá de manera automática, debiendo de Notificar de Manera Inmediata al MRECI, al MAGAP y al COMEXI."
Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
Temas Relacionados por Categoria