Implementación en el Distrito Quito del Canal de Aforo Automático
Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior, que a partir del día lunes 7 de diciembre de 2009, se recibirá en la ventanilla de recepcion de DAU´s del Distrito Quito, declaraciones aduaneras con canal de aforo automático. Se recuerda además a los Operadores de Comercio Exterior que podrán ser beneficiados del aforo automático, aquellos que cumplan con los requisitos contenidos en el Art. 2 del "Reglamento Específico para la aplicación del Aforo Automático", expedido mediante Resolución del Directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana No. 24-2008-R2 de Octubre 27 del 2008.
Reglamento para la Aplicación del Aforo Automático
Particular que comunicamos con la finalidad de que coordinen con sus respectivos operadores los cambios logísticos que se pudieran requerir.
Fuente: Boletines Aduana
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