Muestras sin Valor Comercial en Trafico Postal Internacional y Correos Rápidos
Se comunica a los servidores aduaneros de Correos Postales y Courier, así como a los Operadores de Comercio Exterior, que mediante Oficio Circular CGGA-OF-070, de fecha 25 de noviembre/09, el Econ. Mario Pinto Salazar, Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, emitió criterio técnico de clasificación arancelaria sobre la aplicación de la subpartida 9807.00.00.10 TNAN 0009 para las Muestras Sin Valor Comercial que ingresan al régimen particular o de excepción Tráfico Postal Internacional y Correos Rápidos.
El documento estará permanentemente publicado en la página web de la CAE en el menú Noticias, opción Oficios.
Fuente: Boletines Aduana
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