Alcance del Boletín No. 171 del 29 de junio de 2009: Implementación de Ajustes por Recargo Arancelario conforme Resoluciones 487 y 488 del Comexi
Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior que los cupos anuales y trimestrales que fueron asignados conforme la Resolución 467 y los correspondientes Acuerdos del COMEXI que fueron emitidos hasta antes de la Resolución 487, fueron cerrados al 28 de junio de 2009, los mismos que pueden ser consultados en la opción: Medidas/Cupos del Arancel Nacional Integrado en el SICE, ingresando en la casilla “Partida” la subpartida arancelaria correspondiente y en la casilla “Fecha Consulta” la fecha 28 de Junio de 2009 (20090628), conforme el siguiente ejemplo.

Fuente: Boletin No. 172 Aduana del Ecuador 30/06/2009

Adicionalmente, en relación al Boletín No. 171 del 29 de junio de 2009 se realiza la siguiente corrección al texto del mismo, en el cual se hace referencia a la Resolución 488, la que indica: “Autorizar a la Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE) para que, en caso de importaciones arribadas al País sin los cupos establecidos en el Anexo III de la Resolución 466 y antes de la vigencia de la Resolución 478 del COMEXI,……”, debe hacer referencia a la Resolución 487 del COMEXI
Particular que se comunica para los fines pertinentes.
Fuente: Boletin No. 172 Aduana del Ecuador 30/06/2009
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