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jueves, 24 de marzo de 2011

Seminario Internacional: Control y Seguridad en el Transporte Intermodal (15 y 16 de Abril)





Seminario Internacional: Control y Seguridad en el Transporte Intermodal

Dos Seminarios Internacionales que Usted no puede perder!!!

Control e Inspección de Contenedores, Pallets y Camiones
  • Sensibilización - Cadena Logística del Comercio Exterior.
  • Control y seguridad en el proceso de exportación (personal, equipos intrusivos, herramientas de inspección, registros).
  • Contaminación de la carga.
  • Partes de un contenedor
  • Inspección del contenedor (Transporte Marítimo)
  • Inspección de pallets (Transporte Aéreo)

Seguridad de la Carga en el Transporte Intermodal
  • Marco Normativo Internacional
  • Conceptos básicos de la Seguridad de la Carga
  • Seguridad de la Carga Intermodal
  • Trazabilidad de los Procesos
  • Casuística
Guayaquil
Viernes 15 de Abril Unipark Hotel

Quito
Sábado 16 de Abril Mercure Grand Hotel Alameda



Presentación Magistral: PhD. HENRY MOJOVICH

Doctor y MBA en Administración, Conferencista Internacional, Experto en Transporte Intermodal (Aéreo, Marítimo y Terrestre). 29 años de experiencia, docente, instructor y capacitador en el sector privado y en importantes universidades en el Perú. Actualmente es Jefe de Carga Aérea & Servicios Aeroportuarios del Aeropuerto Jorge Chávez en Lima - Perú.

Un Seminario: $USD 100 (Incluye Material, Coffe Break y Certificado)
Dos Seminarios: $USD 175 (Incluye Material, Coffe Break, Almuerzo y Certificado)
Descuento: Para Empresas o Grupos Profesionales

INSCRIBETE EN LINEA AQUÍhttp://bit.ly/semiexpo2011b

Más Informacióninfo@tce.ec
Quito: (593-2) 226 2716 / 330 3876 / 330 0904

Organiza Horitzo Grup
Auspicia Todocomercioexterior
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viernes, 17 de septiembre de 2010

Coordinación para realizar Inspecciones, Separaciones y Verificaciones Previas



Se comunica a los Importadores, Agentes de Aduana y sus Auxiliares que para la realización de Inspecciones, Separaciones y Verificaciones previas, que son efectuadas por los funcionarios de la Dirección de Zona Primaria Distrito Guayaquil Marítimo, se está publicando en las carteleras de la Institución el listado de operaciones diarias, señalando el almacén temporal y el Inspector designado; por lo que se recomienda a los usuarios contactar a los funcionarios de Inspecciones en horas de la mañana, observando el horario establecido para el efecto por la Dirección de Zona Primaria I Distrito, evitando así esperas innecesarias y con el propósito de que dichas operaciones sean atendidas oportunamente y en su totalidad; considerando la coordinación logística que diariamente se realiza con los almacenes temporales.



Es importante que en las solicitudes de inspección se adjunte la documentación completa inherente a cada trámite (factura comercial, documentos de transporte, certificados INEN, Registro sanitario, DAV, DAU A, B, C; entre otros); para que el Inspector disponga de toda la información requerida al momento de la inspección, caso contrario dichas peticiones no podrán ser procesadas por la Dirección de Zona Primaria I Distrito.

Para la coordinación de inspecciones por diferencia entre peso recibido y peso en báscula de garitas de salida, sólo se podrá tramitar en la Dirección de Zona Primaria aquellas inspecciones en las cuales efectivamente conste registrada dicha novedad en el SICE, es decir, únicamente se coordinarán aquellas inspecciones en las que las mercancías sí hayan sido pesadas en las básculas de las garitas de salida de los almacenes temporales.

Se les recuerda también a los Importadores y/o Agentes de Aduana y sus Auxiliares la obligatoriedad de acercarse a la Dirección de Zona Primaria para la firma del Informe de Inspección; requisito indispensable para que se dé la culminación del trámite, garantizando así la salida de las mercancías de la Zona Primaria, luego de haber cumplido con todas las formalidades aduaneras

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
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Aclaración horarios de atención y recepción documentos en nueva oficina de zona primaria en Contecon



Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior que en alcance al Boletín No. 102 de fecha 24 de Junio de 2010, se establece que el horario de atención de las ventanillas de la Dirección de Zona Primaria Distrito Guayaquil Marítimo,



ubicada en el interior del almacén temporal CONTECON GUAYAQUIL S.A., es de Lunes a Viernes de 08h00 a 17h00, y sólo se recibirán documentos hasta las 16h00, con la finalidad de efectuar la coordinación logística de operaciones con los almacenes temporales. Particular que se comunica para los fines pertinentes.
Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
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Control de Ingreso y Salida de Vehículos, Personas y Mercancías en Almacenes Temporales



Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior del Distrito Guayaquil Marítimo que dando cumplimiento a lo dispuesto en el Oficio Circular No. CGGA-OF-0071 de fecha 29 de Junio de 2010, suscrito por el Ec. Mario Pinto Salazar, Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, en el que se estableció que es responsabilidad única y exclusiva de los Almacenes Temporales el control de bienes, materiales, vehículos y demás artículos de las personas naturales y jurídicas que ingresan y salen de dichos terminales portuarios para la prestación de servicios varios al almacén y que no constituyen mercancías de importación y exportación, y sin perjuicio de los controles que estime pertinente la Administración Aduanera.



Los usuarios deberán tramitar los permisos de ingresos y salidas de personas, vehículos y artículos que no sean mercancías de importación y exportación ante los Almacenes Temporales, y deberán observar los horarios de atención y los requisitos exigidos para la autorización de los servicios prestados, incluyendo los servicios complementarios a buques y de los que se dan al momento de los ingresos y salidas de los puertos privados; exceptuándose las descargas de desechos sólidos y líquidos de embarcaciones, la reparación y mantenimiento de partes y piezas de buques y el ingreso y salida de contenedores utilizados como oficina, laboratorio y con otros fines; y sólo para estas tres excepciones deberán seguir presentando sus solicitudes ante la Dirección de Zona Primaria.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
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Canal de comunicación y tiempos de atención de CDA 43, 44, 45 y demás solicitudes de corrección de documentos de transporte



Se comunica a las Agencias Navieras, Compañías Consolidadoras de Carga y demás operadores de comercio exterior del Distrito Guayaquil Marítimo, que para brindar una mejor atención de las solicitudes generadas a través de CDA 43, 44 y 45; y demás peticiones de corrección de documentos de transporte, se establece un tiempo máximo de respuesta de 8 horas laborables desde la recepción de los documentos en la Ventanilla de atención de la Dirección de Zona Primaria.



Asimismo, se recomienda utilizar como único canal de comunicación el correo electrónico institucional del funcionario aduanero que atiende estas peticiones, para lo cual es necesario se sirvan verificar con el número de CDA, en el menú Despacho-Workflow, tipo de documento “Trámite documentario”, el estatus del trámite, las observaciones registradas y el funcionario aduanero que ha procesado la solicitud. En el caso de peticiones presentadas con oficio e ingresadas con hoja de trámite, se solicita verificar su estatus en la página de internet de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, haciendo uso del siguiente enlace:
http://www.aduana.gov.ec/contenido/sia/historica.asp

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
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lunes, 16 de agosto de 2010

Capacitación de Mejoras en el Proceso de Carga en el Distrito de Guayaquil

Se comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior y a los Funcionarios del Distrito de Guayaquil Marítimo que a partir del día de hoy, lunes 16 de agosto del 2010, se encuentran implementadas las nuevas opciones en el Sistema Interactivo de Comercio Exterior para los procesos de Carga y Despacho; motivo por el cual, una vez implementado a nivel nacional, se exponen a ustedes las siguientes consideraciones:

  1. Toda inspección realizada por el personal de Regímenes Especiales, Zona Primaria y el Servicio de Vigilancia Aduanera deberá ser registrada en el Sistema Interactivo de Comercio Exterior (S.I.C.E.).
  2. El documento único de salida (DUS) ha sido implementado para controles informáticos de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, el mismo no es un documento impreso exigible para la autorización de salida de mercancías. En caso de que el personal operativo requiera verificar el mismo, lo podrá hacer en el SICE a través de la opción de “Mercancías Egresadas de Depósito Temporal o Desaduanamiento Directo” ó "Mercancías Egresadas de Depósito Temporal” ubicadas en el Menú: Despacho, Tipo: Consulta.
  3. Las providencias que deberán ser registradas en la opción "Autorización de Operaciones Aduaneras", que se encuentra en el Menú: Trámite, Tipo: Registro, en el SICE serán las siguientes:
  1. Declaratoria de Abandono por literal a).
  2. Declaratoria de Abandono por literal b).
  3. Declaratoria de Abandono por literal c).
  4. Declaratoria de Abandono por literal d).
  5. Levantamiento de Abandono.
  6. Inspección Física Art. 41.
  7. Justificación de Salida de Mercancías.
  8. Decomiso Judicial.
  9. Declaratoria de Proceso Judicial.
  10. Levantamiento de Declaratoria de Proceso Judicial.
  11. Reembarque de Mercancías.
  12. Reestiba de Buque.
  13. Reestiba de Contenedores.
  14. Retorno de Exportación de Mercancías.
  15. Salida de Mercancías Adjudicadas por Remate.
  16. Salida de Mercancías por Destrucción.
  17. Salida de Mercancías por Adjudicación Gratuita.
  18. Transbordo de Mercancías.
  19. Traslado desde Bodegas de Aduana.
  20. Traslado entre Depósitos Temporales.
  21. Traslado hacia Bodegas de Aduana.
  22. Desaduanamiento Directo.
  23. Descarga Directa.
  24. Autorización de Salida para Contenedores Vacíos.
  25. Descarga Directa de Mercancías.
  26. Inspección de Colocación de Stickers / Reetiqueteo

Cualquier consulta sobre los procesos implementados remitir a los siguientes funcionarios:

Andres Navarro: anavarro@aduana.gov.ec
Katty Vargas: kvargas@aduana.gov.ec
Samuel Rodríguez: srodriguez@aduana.gov.ec
Isabel Naranjo: inaranjo@aduana.gov.ec

Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
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Recordatorio: Eliminación del prorrateo en todas las Subpartidas

Con relación al Boletín No. 127 del 5 de Agosoto de 2010, que en su parte pertinente indica: "el sistema SICE ya no permitirá el prorrateo del Peso Total en las series de las Subpartidas que se traten de Importación de textiles, prendas de vestir. Por lo que deberá transmitirse el peso real en cada una de las series declaradas en la DAU. Comunicamos además que en de 15 días posteriores a su ejecución esta validación se aplicará a todas las declaraciones sin excepción alguna".
Se informa que este plazo se cumple el 30 de Agosto del presente año, por lo que a partir del 31 de Agosto entrará en vigencia la validación. Así también se les recuerda que la diferencia de pesos puede ser causal de presunción de delito aduanero si se configura lo estipulado en el Art. 83 lit. j).

Finalmente, se les recuerda a los señores agentes de aduana su obligación en el cumplimiento de los procesos que determina la Administración Aduanera, de conformidad con Resolución No.3-2009-R5, relativa a la Codificación del Reglamento que regula el Ejercicio de la Actividad de los Agentes de Aduana, que establece: “Art. 31.- OBLIGACIONES PRINCIPALES.- Los Agentes de Aduana deben cumplir las obligaciones que señala la Ley Orgánica de Aduanas, su reglamento general y otras disposiciones legales vigentes, por lo que deberán:
a) Realizar sus actividades de conformidad con la Ley Orgánica de Aduanas, su reglamento general y las normas expedidas por el Directorio y la Gerencia General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana.”
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Implementacion de Mejoras en el Proceso de Carga y Despacho en el Distrito de Guayaquil

Se comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior y a los Funcionarios del Distrito de Guayaquil Marítimo que a partir de hoy, lunes 16 de agosto, se procederá con la implementación de las nuevas opciones en el Sistema Interactivo de Comercio Exterior para las mejoras a los procesos de Carga y Despacho,
y que guardan relación con la capacitación impartida el día 4 de agosto del 2010 y que fue comunicada por el boletín 126-2010 del 3 de agosto del 2010.
Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
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jueves, 12 de agosto de 2010

Recordatorio: Eliminación del prorrateo en todas las Subpartidas

Con relación al Boletín No. 127 del 5 de Agosoto de 2010, que en su parte que indica: "el sistema SICE ya no permitirá el prorrateo del Peso Total en las series de las Subpartidas que se traten de Importación de textiles, prendas de vestir. Por lo que deberá transmitirse el peso real en cada una de las series declaradas en la DAU. Comunicamos además que en de 15 días posteriores a su ejecución ésta validación se aplicará a todas las declaraciones sin excepción alguna".
Se informa que este plazo se cumple el 30 de Agosto del presente, por lo que a partir del 31 de Agosto entrará en vigencia esta validación. Así también se les recuerda que la diferencia de pesos puede ser causal de presunción de delito aduanero si se configura lo estipulado en el Art. 83 lit. j).

Finalmente, se les recuerda a los Señores Agentes de Aduana su obligación en el cumplimiento de los procesos que determina la Administración Aduanera, de conformidad con Resolución No.3-2009-R5, relativa a la Codificación del Reglamento que regula el Ejercicio de la Actividad de los Agentes de Aduana, que establece: “Art. 31.- OBLIGACIONES PRINCIPALES.- Los Agentes de Aduana deben cumplir las obligaciones que señala la Ley Orgánica de Aduanas, su reglamento general y otras disposiciones legales vigentes, por lo que deberán:

a) Realizar sus actividades de conformidad con la Ley Orgánica de Aduanas, su reglamento general y las normas expedidas por el Directorio y la Gerencia General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana.”

Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
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Implementacion de Mejoras en el Proceso de Carga y Despacho en el Distrito de Guayaquil

Se comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior y a los Funcionarios del Distrito de Guayaquil Marítimo que a partir del lunes 16 de agosto del año en curso se procederá con la implementación de las nuevas opciones en el Sistema Interactivo de Comercio Exterior para las mejoras a los procesos de Carga y Despacho,
y que guardan relación con la capacitación impartida el día 4 de agosto del 2010 y que fue comunicada por el boletín 126-2010 del 3 de agosto del 2010.
Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
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jueves, 5 de agosto de 2010

Eliminación del prorrateo en las Subpartidas con Arancel Mixto




Dando cumplimiento a los Decretos Ejecutivos 367, 368 y 372 publicados en Boletín No. 89 del 01 de Junio de 2010, se comunica a los Operadores de Comercio Exterior y a las Direcciones de Despacho de los Distritos del País, que a partir del 6 de Agosto del presente año, el sistema SICE ya no permitirá el prorrateo del Peso Total en las series de las Subpartidas que se traten de importación de textiles y prendas de vestir.



Por lo que deberá transmitirse el peso real en cada una de las series declaradas en la DAU. Comunicamos además que 15 días posteriores a la fecha de ejecución anterior, esta validación se aplicará a todas las declaraciones sin excepción alguna.

Adicionalmente, se les recuerda a los Señores Agentes de Aduana su obligación en el cumplimiento de los procesos que determina la Administración Aduanera, de conformidad con Resolución No.3-2009-R5, relativa a la Codificación del Reglamento que regula el Ejercicio de la Actividad de los Agentes de Aduana, que establece: “Art. 31.- OBLIGACIONES PRINCIPALES.- Los Agentes de Aduana deben cumplir las obligaciones que señala la Ley Orgánica de Aduanas, su reglamento general y otras disposiciones legales vigentes, por lo que deberán:

a) Realizar sus actividades de conformidad con la Ley Orgánica de Aduanas, su Reglamento General y las normas expedidas por el Directorio y la Gerencia General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana.”

Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
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