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miércoles, 18 de agosto de 2010

Certificación del Tipo de Operador de Comercio Exterior ante la CAE

Se comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior (OCE's) y ciudadanía en general que para obtener de la Corporación Aduanera Ecuatoriana información de su registro como importador/exportador, deberán presentar una solicitud dirigida al Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana con atención a la Dirección de Planificación Institucional adjuntando copia a colores de la cédula de ciudadanía y copia simple del RUC. El trámite tomará alrededor de tres días laborables.

El pronunciamiento oficial de la CAE será enviado por Correos del Ecuador a la dirección que se indique en la solicitud del OCE, caso contrario deberán ser retirados en la Dirección de Planificación Institucional en la Gerencia General de la CAE.

Fuente: Aduana del Ecuador
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lunes, 16 de agosto de 2010

Resolucion de Normas Generales para la realizacion de Operaciones Aduaneras

Se pone bajo conocimiento de todos los Operadores de Comercio Exterior y Funcionarios Aduaneros la Resolución GGN-CAJ-DTA-RE-0491-2010, que contempla las normas generales para la realización de Operaciones Aduaneras.
Descargar Resolución:
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miércoles, 3 de marzo de 2010

Como reducir tiempos en el proceso de despacho en la importación de mercancías



COMO REDUCIR TIEMPOS EN EL PROCESO DE DESPACHO

La Corporación Aduanera Ecuatoriana, recuerda a todos los Operadores de Comercio Exterior que para la reducción de tiempos de despacho se encuentra disponible el proceso de DESPACHO ANTICIPADO, que permite al importador ahorrar costos y reducir el tiempo de desaduanización de mercancías en más de un 70%.

¿Qué es DESPACHO ANTICIPADO?

Es un mecanismo a través del cual el importador puede disponer de sus mercancías en un menor tiempo, toda vez, que puede iniciar el proceso de entrega de documentos y pago de tributos sin esperar que la mercancía llegue al país, disminuyendo sus tiempos de desaduanización en alrededor de 8 días.

¿Cómo se utiliza el DESPACHO ANTICIPADO?

  1. Debe haber la transmisión de la información por parte del medio de transporte o del Agente de carga, a la Corporación Aduanera Ecuatoriana a través del SICE.
  2. Entrega de documentos de importación, por parte del importador al Agente de Aduanas.
  3. Envío electrónico de la declaración aduanera, por parte del agente de aduanas a la Corporación Aduanera Ecuatoriana.
  4. Presentar la declaración aduanera en las oficinas de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, por parte del agente aduanas.
  5. Pago de tributos al Comercio Exterior por parte del importador a la CAE. NOTA: En casos en que se encontrara novedades producto del aforo, se emitirá una liquidación complementaria, previo al retiro de las mercancías de la zona primaria aduanera.
  6. Retiro de mercancías.
Este método está disponible para su uso en las aduanas: Marítimas, Aéreas (Quito, Latacunga y Guayaquil), y en las aduanas terrestres de Tulcán y Huaquillas.

Para el éxito del uso del despacho anticipado es imprescindible que el importador se involucre en el proceso de desaduanización de mercancías importadas:

OTRA FORMA DE REDUCIR TIEMPOS:

PAGO ELECTRONICO: Este proceso también amerita que el importador se involucre directamente para que sea exitoso.

Desde su oficina y en pocos minutos, el importador puede realizar los pagos de tributos al comercio exterior, ingresando a la página Web de los bancos corresponsales:

BOLIVARIANO – PACIFICO – GUAYAQUIL - PRODUBANCO -
PICHINCHA - DEL AUSTRO - INTERNACIONAL

La administración de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, continúa trabajando a nivel nacional, para brindar el soporte, la atención y asesoría necesaria que permita optimizar el proceso de desaduanización de mercancías importadas; de esta forma, el importador ahorra tiempo y dinero, y la CAE sigue avanzando en convertirse en una aduana moderna y eficaz al servicio del comercio exterior y del país y por ello invita a todos los USUARIOS DE COMERCIO EXTERIOR a hacer uso de los servicios aduaneros aqui mencionados y beneficiarse de las ventajas que el uso de estos servicios ofrecen.

PARA MAYOR INFORMACIÓN, SOPORTE O ASESORÍA SOBRE EL USO DE LAS PROCESOS CITADOS, COMUNÍQUESE AL

04-2480-640, EXT. 1003, 1800, 1805.
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viernes, 20 de noviembre de 2009

Reforma a la Ley Orgánica de Aduanas: Empresas Publicas

Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior y funcionarios aduaneros que se han realizado las siguientes reformas a la Ley Orgánica de Aduanas, de acuerdo al suplemento del Registro Oficial No. 48 publicado el 16 de Octubre del 2009:

1.2. CODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE ADUANAS

1.2.1. Sustitúyase la letra d) del artículo 27 de la Ley Orgánica de Aduanas, por el siguiente:

"d) Las que importe el Estado y las instituciones y organismos que constan en el Catastro de Entidades del Sector Público, las empresas públicas; la Junta de Beneficencia de Guayaquil y, la Sociedad de Lucha contra el Cáncer (SOLCA)".

1.2.2. En el artículo 43, agréguese al final el siguiente párrafo:

"Las declaraciones de importaciones y exportaciones de mercancías a cargo de las empresas públicas y los demás trámites pertinentes se regirán por las normas especiales establecidas para tal efecto por la Autoridad Aduanera".

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jueves, 21 de mayo de 2009

Requisitos para la obtención o reinicio de clave para Operadores de Comercio Exterior

OFICIO CIRCULAR GGN-GAJ-DNC-CR-018 del 17 DE ABRIL DE 2009

Persona Natural

  • Carta en hoja membretada del Operador de Comercio Exterior, dirigida al Gerente General, con atención a la Dirección de Atención al Usuario, solicitando el registro y concesión de la clave o el reinicio de la clave, en la cual se detallará los datos generales del solicitante, nombre completo, número de cédula y de RUC, dirección domiciliaria y domicilio tributario. En caso de contar con varios establecimientos, indicar las direcciones de todos y señalar cual es el principal.
  • Copia a color de la cédula de ciudadanía o del pasaporte en caso de extranjeros.
  • Copia del RUC, debiendo constar en el giro de su negocio la actividad de comercio exterior, para la cual solicita la clave

Sociedades Nacionales

  • Carta en hoja membretada del Operador de Comercio Exterior, dirigida al Gerente General con atención a la Dirección de Atención al Usuario, solicitando el registro y concesión de la clave o el reinicio de la clave, en la cual se detallará los datos generales de la persona jurídica, razón social, nombre comercial, numero de RUC, dirección del domicilio tributario. En caso de contar con varios establecimientos, indicar las direcciones de todos y señalar cual es el principal.
  • Copia notariada del Estatuto Social de la sociedad, en caso de consorcios, patrimonios autónomos o fideicomisos.
  • Copia notariada de la escritura de constitución.
  • Copia del Nombramiento Vigente del representante legal debidamente inscrito:

      1. En el Registro Mercantil
      2. En el Ministerio del ramo en el caso de otros tipos de organizaciones sociales que no se constituyan al amparo de la ley de compañías.

      Para las Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada, la representación se acreditara con la copia notariada del Estatuto Social, donde consten los datos del Gerente – Propietario.

      Para las Compañías Civiles en nombre colectivo o en comandita, copia notariada del Estatuto Social, donde consten los datos de los socios, o del socio comanditado.

  • Copia a color de la cédula de ciudadanía del representante legal o pasaporte para el caso de extranjeros.
  • Copia del RUC de la sociedad, debiendo constar en el giro de su negocio la actividad de comercio exterior, para la cual solicita la clave

Sociedades Extranjeras

  • Carta en hoja menbretada del Operador de Comercio Exterior, en idioma castellano, dirigida al Gerente General con atención a la Dirección de Atención al Usuario, solicitando el registro o reinicio de la clave, en la cual se detallará los datos generales de la sociedad, razón social, nombre comercial, número de RUC, dirección del domicilio tributario en Ecuador. En caso de contar con varios establecimientos, indicar las direcciones de todos y señalar cual es el principal.
  • Copia notariada o consularizada del Estatuto Social o de la escritura de constitución.
  • Copia notariada, de la escritura pública mediante la cual se confiere el poder especial, procuración o mandato, por el cual se nombra al representante de la sociedad en Ecuador.
  • Copia a color de la cédula de ciudadanía del representante legal o pasaporte para el caso de extranjeros.
  • Copia del RUC de la sociedad, debiendo constar en el giro de su negocio, la actividad de comercio exterior, para la cual solicita la clave.

Nota.

1.- Los datos consignados deben estar actualizados, sin perjuicio de que puedan ser verificados por la Corporación Aduanera Ecuatoriana

2.- No pueden obtener clave las empresas en constitución, en este caso la persona que va ejercer la representación legal podrá solicitar por su cuenta, como persona natural, la clave de Operador de Comercio Exterior.

Boletines Aduana: Boletin No. 133 Guayaquil 20/05/2009
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jueves, 12 de marzo de 2009

Boletín Aclaratorio referente a la Transmisión de Unidades Físicas en la Dau cuando se refiere a Pesos

Se realiza la siguiente aclaración a los Operadores de Comercio Exterior (Oce´s) y a los funcionarios aduaneros, respecto al boletín No. 27 enviado el 19 de enero de 2009, en el cual se expone cual es la correcta transmisión de los pesos cuando se refiere a Kilogramos:

• En el boletín en su primera parte indica: “… la correcta transmisión de las unidades físicas de acuerdo a la Unidad de Medida establecida para cada Subpartida en el Arancel Nacional…”, lo que quiere decir, que la unidad de medida a registrar en la declaración es aquella que corresponda a la Sub-partida según el Arancel Nacional.

• En el boletín donde se indica: “…. Cuando éstas se refieran al peso en Kilogramos, consistirá en registrar en las declaraciones aduaneras únicamente el “peso neto” (casillero 68 Unidades Físicas). En los casos de mercancías cuya presentación es al granel, se deberá declara en dicho campo el peso recibido (sea éste neto o bruto)”, se refiere a la cantidad de total de unidades físicas, es decir, que si en el tipo de unidades físicas se registra Kilogramo (según código definido en la Sub-partida del arancel), se debe ingresar en el casillero “68 – Total Unidades Físicas”, el total de unidades físicas en peso neto, y para el caso de carga al granel se declara el peso recibido (sea éste neto o bruto).

Además, las unidades comerciales deben seguir siendo consideradas para efectos de llenado de la DAU y DAV. Mismas que se registran en las siguientes casillas:

DAU
DAV

• Casilla 80, "U.Com."/ "TP".- Registra el tipo de unidades comerciales (*) según factura

• Casilla 69, "Total Unidades Comerciales".- Registra el total de unidades comerciales

• Casillero 5.10, "U. Com.".- Registra el tipo de unidades comerciales (*) según factura.

• Casillero 5.9, "Cantidad".- Registra la cantidad de unidades comerciales.

(*) El tipo de unidades comerciales corresponde al código según el catálogo de Unidades Comerciales.

Los archivos con el detalle de los Tipos de Unidades Físicas y Comerciales pueden ser descargados en el SICE, en el Menú Catálogos, directamente desde la página web de la Corporación Aduanera Ecuatoriana.

Cabe señalar que las declaraciones aduaneras que a partir de la publicación del boletín No. 27 del 19 de enero de 2009 registren incorrectamente el peso en Kilogramos, deberán ser multadas con una falta reglamentaria, de conformidad a lo establecido en Lit. a) del Art.90 de la LOA.”

Boletines Aduana: Boletin No. 81 Guayaquil 10/03/2009

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miércoles, 11 de marzo de 2009

Verificar mercancia por parte de Importadores y Agentes de Aduana

En cumplimiento a lo dispuesto en el oficio GGN-UAN-OF-0673 la Secretaría General comunica a los Importadores, Agentes de Aduana o sus respectivos delegados, que previo a suscribir la respectiva orden de salida que emite el Almacén Temporal, verifiquen que su mercancía no presenta ninguna novedad, a fin de evitar inconvenientes con la misma

Boletines Aduana: Boletin No. 76 Guayaquil 06/03/2009 Leer artículo completo...

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