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jueves, 16 de febrero de 2012

Salida a producción Ventanilla Única - Ecuapass


El día de hoy 15 de febrero de 2012 se inicia las operaciones en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) para los siguientes trámites:


En Certificados de Origen (MIPRO): 

  • Registro del Apoderado (contar con el documento de apoderamiento), requiere la aprobación del MIPRO.
  • Registro de Comercializador (lo realiza el exportador o apoderado).
  • Registro de Declaración Juramentada de Origen (DJO) completa, en caso que no haya sido registrada, enviada y aprobada la DJO simplificada en el MIPRO.
  • Solicitud de Certificados de Origen (CO) en la VUE (de los que se requerían al MIPRO (SGP y ATPDEA), excepto sector florícola). Debe contar con una DJO por lo menos la simplificada y aprobada en el MIPRO.

Las Entidades Habilitadas (EH) continuarán emitiendo los certificados de origen solicitados a ellos: Fedexpor, Cámaras de Comercio e Industrias correspondientes. Como requisito para las EH es contar con una DJO simplificada o completa en la VUE. Los funcionarios de la EH la consultarán en el MIPRO.


A partir de hoy se inicia un proceso paralelo de emisión de certificados de origen, es decir, se continuarán emitiendo en el MIPRO de manera limitada, hasta el 29 de febrero de 2012; posterior a esa fecha sólo se realizará a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE). Se atenderán los casos justificados en el MIPRO, pero se debe recomendar a los usuarios que agiliten la obtención de sus token (firma electrónica) y su registro en el Ecuapass, para evitar retrasos en sus trámites.


En Documentos de Control Previo DCP (licencias electrónicas).


  • Solicitud de documentos de control previo de las licencias electrónicas con las entidades que actualmente se las generan en el SICE.


Se manejará un paralelo de solicitud de documentos de control previo a través del SICE (el mismo procedimiento actual) hasta el 29 de febrero de 2012; posterior a esa fecha toda solicitud deberá realizarse a través del Ecuapass. Igualmente, se debe recomendar a los usuarios que agiliten la obtención de sus token (firma electrónica) y su registro en el Ecuapass, para evitar retrasos en sus trámites.


Cabe recordar que los procesos de registros de usuarios fue abierto desde el día jueves 9 de febrero de 2012. La dirección del portal externo es www.ecuapass.aduana.gob.ec, que redirecciona a la dirección https://portal.aduana.gob.ec/ .


Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
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miércoles, 4 de marzo de 2009

Mejoras Procedimiento de Carga

Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior, que en el SICE, para el caso de los distritos Marítimos cuya carga sea contenerizada con condición de la naviera o consolidadora FCL/FCL, LCL/FCL o Vacío, se han realizado las siguientes mejoras:

Consulta de Documentos de Transporte

En el menú de Carga, en la Consulta - Documentos de Transporte, no se va a presentar la información relacionada a la "Fecha de Almacén". Ésta información podrán revisarla, en la opción de Contenedores, en la columna con la etiqueta "Fecha Ingreso Almacén".
Cabe indicar que ésta modificación se la ha realizado con la finalidad de que tanto operadores como funcionarios puedan revisar la fecha de ingreso por cada uno de los contenedores que han sido ingresados a almacén.
Adicionalmente, se informa que en la Consulta de Documentos de Transporte, en la opción de Contenedores, se realizó el siguiente cambio:

  1. Se cambió la etiqueta de la columna "Peso Recibido" por "Peso Recibido por Contenedor", el cual como su nombre lo indica, se refiere al peso recibido del contenedor cuando se hizo el ingreso a almacén.
  2. Permanece la columna "Peso Contenedor", el cual, se refiere al peso de la tara del contenedor manifestada por la naviera o empresa transportista.
    Salida de Mercancía del Almacén Termporal.

Salida de Mercancía del Almacén Temporal

En el menú de Despacho, en la opción Registro - Salida de Mercancías de Almacén, en el link "Contenedores", se hicieron los siguientes cambios:

  1. En el detalle de la consulta se eliminó la columna "Conocimiento de Embarque", ya que la salida de la mercancía se la registra por contenedor. Es por eso que en su lugar, la columna "No. Contenedor" se presenta en forma de link o enlace, en la cual al dar clic presentará una pantalla flotante con los datos de los Conocimientos de Embarque con su correspondiente peso y bulto manifestado, que estén asociados a dicho contenedor y pertenezcan al mismo manifiesto de carga.
  2. En el detalle de la consulta se adicionó la columna "Peso Recibido por Contenedor", el cual se refiere al peso del contenedor que registró el almacén temporal al momento de realizar el ingreso.
Cabe mencionar que estos cambios no aplican para la carga suelta o carga consolidada, por lo que el Registro de Ingreso de Almacén se mantiene por Documento de Transporte.

Boletines Aduana: Boletin No. 71 Guayaquil 03/03/2009 Leer artículo completo...

jueves, 15 de enero de 2009

Aforo Automatico - Procedimiento

El procedimiento tendrá los siguientes pasos que se detallan a continuación:
1. El agente de aduanas prepara los archivos con la información correspondiente a la Declaración Aduanera Única DAU-e, y la información de los documentos de acompañamiento, en los formatos establecidos por la CAE, de acuerdo con lo indicado en la Guía para la Transmisión Electrónica de la Declaración Aduanera Única DAU-e.

2. El agente de aduanas transmite los archivos a la CAE utilizando un proveedor local de servicios de Internet que esté categorizado y calificado como “correo seguro”.

3. El Sistema Interactivo de Comercio Exterior (SICE) de la CAE, recibe el mensaje de datos transmitido y realiza las validaciones correspondientes:

3.1 Si los datos o los archivos tuvieren errores, el sistema no acepta la declaración y genera un mensaje de error para el agente o importador, el cual es transmitido vía correo electrónico.

Una vez recibido el mensaje y dependiendo del tipo de error, rechazo o alerta (advertencias), el agente deberá hacer las correcciones necesarias a los datos y transmitir nuevamente el mensaje (Punto 1).

3.2 Si los datos o archivos no tienen errores, el sistema acepta la declaración, genera el número de refrendo, ejecuta el análisis de perfil de riesgo para asignar el canal de aforo automático en los casos correspondientes, registra la información en la base de datos de la Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE); y, transmite automáticamente la información al sistema WORKFLOW.

4 El sistema verifica la exactitud de la información de la Declaración Aduanera Única (DAU-e) mediante la comparación con la información registrada en el sistema de los documentos de acompañamiento; y, los que previamente fueron enviados por los diferentes Operadores de Comercio Exterior que intervienen en el proceso, tales como: Agentes de Carga, Líneas Navieras, Consolidadoras y otros.

5 Una vez concluido el proceso de aceptación de la DAU, a través del Aforo Automático, el sistema realiza automáticamente la liquidación / reliquidación de tributos y envía al Agente de Aduanas o Importador un mensaje informándole de la aceptación de la declaración aduanera y el estado de “Pago Autorizado” de tributos.

6 El agente de aduana recibe el mensaje de aceptación de la declaración aduanera y de “Pago Autorizado”, de los trámites que fueron aceptados a través del Aforo Automático.

7 El Agente de Aduanas concluye el trámite pagando los tributos y retirando las mercancías.

8 Retira la mercancía en los recintos de almacenamiento temporal.

9 Entrega la Declaración Aduanera Única en la ventanilla de Rectificación de Tributos de la Corporación Aduanera Ecuatoriana CAE, en un plazo máximo de 15 días calendario posteriores al pago de los tributos:

10 El delegado de la recepción de documentos en el departamento de Rectificación de Tributos, recibe del Agente de Aduanas o del Importador, la Declaración Aduanera Única y los documentos de acompañamiento sellados firmados y refrendados, de los trámites que fueron asignados a Aforo Automático.

11 El funcionario realiza la revisión de la documentación conforme corresponda y realiza las observaciones y ajustes necesarios.

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